INSTITUCION
EDUCATIVA ESPAÑA
¿BACHILLERATO TECNICO O ACADEMICO?
Por: Miguel Antonio
Quintana
Han transcurrido ya, 10 años de la fusión entre
la escuela España y el Instituto Técnico Industrial (ITIM), dando nacimiento
así, a la Institución Educativa ESPAÑA,
mediante resolución Nº 2046 de
septiembre 10 de 2002;hecho este, que en principio, genero protestas y
documentos de rechazo por lo inconsulto y, desconocimiento de la historia de la
sede principal(ITIM).
Sin embargo, pareciera que:“{…}el pasado está
en el presente, el eterno ahora,
donde en un instante confluye
ayer y mañana” (1);
cuando uno se encuentra con l@s egresad@s, e
indagan: Por el ITIM, y no por la ESPAÑA.
Dichas circunstancias, tampoco son ajenas al
cuerpo docente y clase política de esta municipalidad,
que en los tiempos del doctor (1988) Guillermo Cool Salazar (Q.E.P.D.), forjaron
la creación y/o legalización del Instituto Técnico Industrial (ITIM), mediante
el Acuerdo Municipal Nº 003 de febrero
12 de 1991 y, sucesivamente reconociéndose
mediante las subsiguientes normas, emanadas
de la Secretaria de Educación Departamental, así :1.Resolución
Nº 0432 de julio 17 de 1992 Básica
Secundaria;2. Resolución Nº 1301 de
mayo 25 DE 1994 Media Vocacional y la
antepenúltima (3) Resolución Nº 548 de junio
11 de 1999 que, le da el carácter
de Instituto Técnico Industrial Municipal de Jamundi.
Dado el anterior
marco retrospectivo y, por lo pertinente
al titular de este escrito:
INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESPAÑA ¿BACHILLERATO
TECNICO O ACADEMICO?; enfocaremos en las líneas
subsiguientes, algunos aspectos de carácter legal y/o constitucional, que sustentan la pertinencia
vigencia, y carácter de
Instituto Técnico Oficial de Educación Secundaria y Media Técnica de la
mencionada institución.
Para los efectos anteriores, traigamos a colación,en primera instancia, el referente de pertinencia,
de esta modalidad educativa, en un marco retrospectivo, anunciando del: << Bachillerato Industrial que, busca preparar a técnicos y operarios en
las diversas especialidades que requiere la industria según las necesidades del
país, surgió debido
al proceso de industrialización creciente que se sucedió en el país, buscando vincular cada vez más a la rama productiva a la formación escolar>>.Es así, como en 1988,con vocación de visionarios
:El doctor Guillermo Cool Salazar, en calidad de alcalde(q.e.p.d.),facilita
el inicio del ITIM, en la Sede Educativa Ciro Velasco (y el trabajo gratuito de
algunos docentes tales como: Rosa María
Masmela<
>,Victoria Medina M., Pedro López E., Socorro Quintero,Melida Ríos P., Benjamín Herrera., Doris Campo .,entre otros. ); luego, el 12 de febrero de 1991,se expide el acuerdo Nº 003,en la administración del ingeniero Enrique Micolta Vargas.
Quince meses después, es decir, el 17 de julio 1992,se expide la Resolución
Departamental Nº 0432 que ,en su resuelve
,articulo primero, anuncia:“Aprobar por el año 1988-89 el grado 6º ., en 1989-90 los grados
7º y 8º .,en 1990-91 los grados 6º.,7º
y 8º., y a partir 1991-92 y hasta el año lectivo 1996-97 inclusive ,los estudios
correspondientes al Nivel de Educación Básica Secundaria (grados de 6º
a 9º ),modalidad
industrial del
“INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL
MUNICIPAL”{..}de propiedad del Municipio de Jamundi, y bajo la dirección de la licenciada DORIS CAMPO DE SANDOVAL”. Subrayado
mío.
Siete años después, es decir, el 11 de junio de 1999,mediante la Resolución Departamental Nº 548, se consolida el marco legal del mencionado
colegio oficial, al anunciar en su articulo primero :“{…} se otorga Reconocimiento Oficial de Estudios al establecimiento educativo denominado“ INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL MUNICIPAL”, ubicado en la
carrera 14 Nº 12-11,{…} para los niveles
de Básica Ciclo de Secundaria(grados 6º a 9º) y
Media TECNICA(10º - 11º),especialidad
Industria{..}”.
Tres años después, es decir, el 10 de septiembre de 2002,se expide la Resolución Nº 2046,referida a la fusión de unos
establecimientos educativos oficiales en
el departamento del valle del cauca, que
en su resuelve ,articulo primero anuncia:“ Fusionar en una misma institución educativa ,la
cual se denominará INSTITUCION EDUCATIVA
ESPAÑA, los siguientes establecimientos
educativos oficiales del
Municipio de Jamundi:
INSTITUTO
TECNICO INDUSTRIAL MUNICIPAL sede principal CENTRO DOCENTE
Nº 95 ESPAÑA” .Escrito, sobre subrayado, mío.
Finaliza la mencionada resolución, en su
articulo 12, diciendo: “La
presente resolución rige a partir
de la fecha de su expedición”.
Dados pues, los anteriores marcos legales, podemos
colegir que, la INSTITUCION
EDUCATIVA ESPAÑA (ANTIGUO ITIM), es una institución de modalidad industrial (electricidad, diseño y confección,
mecánica, metalistería y dibujo técnico); pues, ninguno de las actos
administrativos antes referenciados, ha
derogado dicho carácter.
Lo dicho, perfectamente concordante con el articulo
208, de la ley 115 de 1994, que señala: “Los institutos técnicos y los institutos de educación media diversificada,
Inem, existentes en la actualidad, conservarán su carácter y podrán
incorporar a la enseñanza en sus establecimientos la educación media técnica, {…}.”
Igual, pertinente con
otra norma nacional vigente, el inciso 3º del considerando del decreto Nº 4545 de diciembre 6 de 2004,
que anuncia:“Que el Decreto 1928 de 1997 precisa algunas de las
especialidades de LOS INSTITUTOS TÉCNICOS OFICIALES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Y MEDIA TÉCNICA que podrán ser favorecidos con los recursos de Ley 21 de
1982;{…}”. Mayúsculas
y subrayados míos.
Queda
pues, inequívocamente demostrado que,normatividad superior, concordante con norma departamental,
reconoce la vigencia y el carácter de los institutos técnicos oficiales de
educación secundaria y media técnica; luego entonces, por simple lógica jurídica,
la Institución
Educativa España Es:
BACHILLERATO TECNICO; y le es
pertinente, la Exploración Vocacional, (grados:
sextos, séptimos, octavos y noveno) y elección de la especialidad,
por parte del educando, en el grado
decimo.
Dando así, cabal cumplimiento al marco
constitucional, dado en los artículos 26 (“Toda persona es libre de escoger profesión u
oficio. {…}”) y
27(“El
Estado garantiza
las
libertades
de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.”).
A
PRPOSITO DE LA TECNICA DE METALISTERIA
En la Institución Educativa España (ANTIGUO ITIM), en el taller de metalistería, yacen como un
cementerio de chatarra: Una dobladora, unos soldadores y demás herramienta, propia de esta técnica;
todo ello, en razón que allí, se guardan: Escritorios, sillas y demás elementos
de oficina, inservibles; de esto hace más de año y
medio.
Igual, porque el docente de la mencionada técnica, falleció
y, a la fecha, no ha sido reemplazado; negándoles a l@s educand@s, con estas dos
circunstancias; el derecho constituciónal(26) a elegir la práctica de una profesión( metalistería) que tiene presente y futuro(todos los días se necesitan
puertas y ventanas, también arreglo de mobiliario<<21 .000=".000" estudiantes="estudiantes">> -aquí en Jamundi-),adicional, los estudiantes de esta técnica, en vida del colega fallecido(Miguel
Antonio Contreras), para el mes de diciembre, hacían diseños para los
alumbrados y así se ganaban algún
dinero. Además, la institución, paga una cantidad enorme de dinero en
reparación de pupitres, permanentemente.21>
Resulta entonces, pertinensimo invitar al señor
rector, de la institución, a liderar el funcionamiento de la mencionada técnica y, a fortalecer las de
electricidad y dibujo técnico; pues Jamundi, por su crecimiento habitacional,
demanda este tipo de perfiles en los egresados de la institución industrial, más
antigua de la municipalidad. Así que, “no
más cemento” sino más inversión en los talleres de las técnicas, mis
queridos colegas y demás miembros
del consejo directivo.
Finalmente, y a propósito de este tema de las
modalidades de las instituciones educativas oficiales del municipio de Jamundi, vale reiterarles a
algunos directivos de estos planteles, y en igual sentido, a la secretaria de educación municipal, que los
cambios o implementación de modalidades ,no es un asunto de “me parece” o “yo quiero”, sino debe ser un tema de discusión ,de
argumentación y concertación con las
comunidades educativas ,pues así lo exige la norma y también ,la sana
convivencia y la democracia.
©copyright Miguel Antonio Quintana
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